La señora Bennet tenía razón

Mirando a Jane Austen desde otros ángulos

14 de noviembre de 2025

Las profesoras Guzmán González, de filología inglesa de la Universidad de León, y García Rubio, de esta casa y grupo de investigación, nos deleitaron el viernes 14 de noviembre con una amena charla sobre la escritora inglesa. Organizada por la librería Bandini, regentada por Oscar Porral (en Avda. da Peregrina, Bertamiráns), en su ciclo “Conversas Bandini”, y por el grupo De Conflictu Legum, la actividad quiso ser un tributo al 250 aniversario del nacimiento de Jane Austen que este año se celebra.

Las profesoras desgranaron varios aspectos de la vida y escritura de la autora, así como algunas instituciones jurídicas que más frecuentemente aparecen en sus novelas. La profesora Trinidad Guzmán comenzó analizando su rico lenguaje, un inglés típico de la familia de la que procedía (“una familia entre la baja nobleza y burguesía con posibles”), pero extremadamente trabajado, destacando la meticulosidad de Austen a la hora de escribir y corregir sus trabajos. Terminó su intervención leyéndonos varias frasesque destilaban a la perfección la ironía inglesa tan bien plasmada por la escritora al describir a algunos de sus personajes (“No era una mujer de muchas palabras, porque a diferencia de muchas personas, ella ajustaba la cantidad al número de sus ideas”), llegando incluso al “sarcasmo feroz” en algunos pasajes de las cartas que se conservaron

Por su parte, la profesora García Rubio tomó el comienzo del capítulo siete de “Orgullo y prejuicio” como ejemplo de la complejidad de las instituciones jurídicas, señaladamente las hereditarias, que se reflejan en la obra de Jane: “La casi totalidad de las propiedades del señor Bennet la conformaba una finca que ofrecía dos mil libras anuales de renta. Por desgracia para sus hijas, a falta de heredero varón la finca estaba vinculada a un pariente lejano”. Y es que en aquella época (estamos hablando de finales del siglo XVIII) era muy frecuente que la transmisión hereditaria de las tierras, con todo lo que estaba sobre ellas, estuviese vinculada a los varones, normalmente los primogénitos y, en su falta, a los sucesivos, incluso de líneas colaterales, quedando las mujeres apartadas de las propiedades inmobiliarias que daban estatus y linaje. Por eso, a falta de un hijo varón, la propiedad del Sr. Bennet no pasaría a ninguna de sus cinco hijas, sino a un sobrino lejano. Aunque este tipo de figuras hereditarias eran variadas y complejas, y siempre salvando las distancias, podría decirse que el Sr. Bennet era un mero usufructuario vitalicio, sin poder disponer de las tierras en vida, ni para venderlas ni para dejarlas en herencia, siendo Mr. Collins, un nudo propietario hasta el fallecimiento de su tío. Estas cuestiones dieron pie a la profesora de Derecho civil a hablar de la institución de los mayorazgos, desaparecidos durante el S. XIX en el ordenamiento español (y en el derecho comparado continental, por influencia de los ideales de la revolución francesa), pero que, en la práctica, aún contra legem, siguieron vivos por un tiempo.

En definitiva, esta “Conversación”, a la que asistió un nutrido público, puso de relieve, desde dos perspectivas originales, el talento y el valor literario e histórico-jurídico de una escritora hoy plenamente reconocida, animando sobre todo a las generaciones “jóvenes” a adentrarse en su lectura.

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