¿Puede un extranjero acogerse al pacto de definición mallorquín?

El Reglamento 650/2012 y la RDGRN de 24 de mayo de 2019

Ley Unión Europea, núm. 74, de 31 de octubre de 2019 Año: 2019
Autor/a: Santiago Álvarez González.
El presente comentario versa sobre una reciente resolución de la Dirección General de Registros y del Notariado que en aplicación del Reglamento de sucesiones rechaza la validez de un pacto sucesorio previsto por el Derecho balear (pacto de definición mallorquina) involucrando a una sola sucesión que afecta a una persona de nacionalidad francesa con residencia habitual en Mallorca.
El autor rechaza el fallo de la resolución, critica los argumentos utilizados por la Dirección General de Registros y del Notariado y ofrece una interpretación alternativa sobre las relaciones entre el Reglamento 650/2012 y los derechos civiles autonómicos españoles.
La problemática estudiada tiene cierta relevancia si tenemos en cuenta el gran número de extranjeros con residencia habitual en las Islas Baleares y las variadas posibilidades que ofrece la ley balear tanto desde un punto de vista sustantivo cuanto desde la perspectiva fiscal.
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